CIUDAD

Judicializan la ordenanza que regula Uber y las plataformas de transporte en Río Grande

Diecisiete trabajadores de plataformas digitales presentaron una acción de amparo contra la Municipalidad de Río Grande y solicitaron que se declare inaplicable la Ordenanza N.º 4892/2026. La demanda sostiene que la regulación de los servicios de movilidad contratados mediante aplicaciones corresponde al Estado nacional. La Justicia ya dio curso a la presentación y notificó al Municipio para que ejerza su defensa.

Río Grande.- La regulación de las plataformas de transporte en la ciudad de Río Grande sumó un nuevo capítulo y el debate ahora se trasladó a los tribunales. Un grupo de diecisiete trabajadores vinculados a aplicaciones digitales presentó una acción de amparo contra la Municipalidad, cuestionando la validez y aplicación de la Ordenanza Municipal N.º 4892/2026.

La presentación, patrocinada por el abogado Miguel Ángel Febre, quedó radicada ante el Juzgado Civil y Comercial N.º 1 del Distrito Judicial Norte, bajo el expediente N.º 46715/2026.

El planteo busca que la Justicia declare inaplicable la normativa municipal a los trabajadores demandantes, bajo el argumento de que el Municipio habría avanzado sobre facultades regulatorias que, según la interpretación de los amparistas, corresponden al Estado nacional.

¿Qué cuestionan los trabajadores?

El eje central de la demanda está puesto en la competencia del Municipio para regular el transporte de pasajeros contratado mediante plataformas electrónicas. Los amparistas sostienen que la Ordenanza N.º 4892/2026 establece requisitos, condiciones y limitaciones sobre una actividad que, de acuerdo con su planteo jurídico, ya estaría alcanzada por legislación nacional.

Entre los fundamentos invocados aparecen la Ley Nacional de Modernización Laboral N.º 27.802 y el Decreto Reglamentario N.º 407/2026. Según la interpretación expuesta en la demanda, el régimen nacional establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la Nación para los servicios privados de movilidad de personas prestados mediante plataformas tecnológicas.

El argumento central: la competencia sería nacional

El abogado Miguel Ángel Febre sostuvo que la regulación y el control de este tipo de servicios corresponden a las autoridades nacionales. “La Nación Argentina, a través de sus autoridades legalmente constituidas, ha determinado que el servicio de transporte de pasajeros contratado mediante plataformas electrónicas en todo el país es regulado y controlado por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía de la Nación”, afirmó el letrado.

RIO GRANDE

En esa línea, agregó que, bajo esa interpretación, quedaría excluida “cualquier ley provincial u ordenanza municipal que se arrogue facultades para establecer condiciones, límites, reglamentos o cualquier injerencia o restricción al servicio”. Este punto será uno de los aspectos centrales que deberá analizar la Justicia al momento de resolver el planteo.

Vehículos, antigüedad y requisitos administrativos bajo cuestionamiento

La acción de amparo también pone la lupa sobre distintas exigencias contempladas en la ordenanza sancionada en Río Grande. Los trabajadores cuestionan las condiciones técnicas requeridas para los vehículos, la antigüedad máxima permitida y otros trámites administrativos exigidos para desarrollar la actividad dentro de la ciudad.

Según los demandantes, estas condiciones representarían restricciones para acceder y permanecer en la actividad laboral y entrarían en contradicción con el marco normativo nacional que invocan. Además, el planteo sostiene que la ordenanza podría afectar el derecho constitucional a trabajar y ejercer toda industria lícita.

La Justicia dio curso al amparo y notificó al Municipio

De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, el Juzgado Civil y Comercial N.º 1 del Distrito Judicial Norte dio curso a la acción de amparo y ordenó correr traslado de la demanda a la Municipalidad de Río Grande.

El Ejecutivo municipal fue notificado oficialmente el pasado 6 de julio y deberá ejercer su derecho de defensa dentro de los plazos establecidos por la legislación vigente.

El avance procesal no implica, por el momento, una resolución favorable a los trabajadores ni una declaración de invalidez de la ordenanza. Se trata del inicio del trámite judicial en el que las partes deberán exponer sus argumentos.

Un debate que ahora deberá resolver la Justicia

La presentación judicial abre un nuevo escenario en torno al funcionamiento de Uber y otras plataformas digitales de transporte en Río Grande. Por un lado, los trabajadores sostienen que existe un marco nacional que regula la actividad y limita la capacidad de intervención de los municipios. Por otro, la Municipalidad tendrá la oportunidad de defender la legalidad de la ordenanza y las facultades locales para establecer condiciones sobre el transporte de pasajeros dentro del ejido urbano.

Será ahora la Justicia la encargada de determinar si la Ordenanza Municipal N.º 4892/2026 se ajusta al marco constitucional y legal vigente o si, como sostienen los amparistas, avanzó sobre competencias atribuidas al Estado nacional.

Hasta que exista una resolución judicial, los argumentos conocidos corresponden a la posición de los trabajadores demandantes y de su patrocinio letrado. El conflicto está abierto y la definición podría sentar un precedente relevante para el futuro de las plataformas de movilidad en Río Grande.

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