PAÍS

Chubut: Revés judicial contra el Gobierno Nacional por Retención de Coparticipación

El juez federal de Rawson hizo lugar al reclamo del gobernador patagónico y dictó una medida "autosatisfactiva" para frenar la retención automática de sumas de la coparticipación de la provincia en concepto de reembolsos por préstamos del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial. Nacion apelara la medida.

La Justicia determinó este martes que se deberá refinanciar la deuda y devolver los fondos de la coparticipación a Chubut, tras el reclamo al Gobierno, que generó la pelea entre el gobernador Ignacio Torres y el presidente Javier Milei.

El fallo tuvo una sentencia favorable para el gobernador de Chubut e hizo “lugar a la medida autosatisfactiva solicitada por la Provincial del Chubut a fs. 22/60 Ap. II a), contra el Estado Nacional – Ministerio de Economía, disponiendo el cese de la retención que en concepto de reembolsos por préstamos acordados en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial”.

La resolución Judicial insta a las partes “a que arbitren medios conducentes tendientes a la cancelación y/o refinanciación de la deuda, en condiciones razonables, que no importen el compromiso de servicios esenciales del estado provincial”.

Para la justicia el Estado Nacional “estaría bloqueando recursos coparticipables como herramienta de presión política a la provincia del Chubut, lo que implicaría una manifiesta vulneración del principio de automaticidad”.

“Que respecto de la automaticidad en la remisión de los fondos la misma tendría a evitar el bloqueo de los recursos usados como herramienta de presión política a las provincias por parte del gobierno federal”, agrega.

La Justicia, además, cuestiona el cambio de actitud del gobierno nacional tras la asunción de Ignacio Torres como gobernador: “Habiendo el Estado Nacional asistido financieramente a un Gobierno Provincial saliente, con mayor razón debería apoyar y flexibilizar su política de saneamiento y refinanciación de deudas publicas provinciales -accionar que habría sido aplicado a la provincia en el pasado cercano, tan solo distante doce meses atrás-, máxime cuando tampoco ha variado el marco normativo”.

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