PAÍS

Milei impulsa reformas laborales que ponen en jaque derechos históricos y la protección contra el despido

Con decretos y leyes cuestionados por su constitucionalidad, el Gobierno busca flexibilizar las indemnizaciones laborales y promover que los empleados financien su propio despido, una medida que especialistas advierten como una violación al artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

El Gobierno de Javier Milei avanza con medidas que buscan modificar el régimen de los derechos laborales en Argentina, generando preocupación entre expertos y sindicatos por el impacto que podrían tener en la protección de los trabajadores.

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Entre las iniciativas más polémicas se encuentran decretos y leyes que flexibilizan las indemnizaciones por despido, estableciendo nuevos sistemas de inversión colectiva para financiar las desvinculaciones laborales. Esta reforma, que el Ejecutivo sostiene como una vía para promover la generación de empleo, ha sido comparada con procesos anteriores que habilitaron la “timba financiera” y que terminaron desprotegieron sectores claves, como ocurrió con las jubilaciones privadas (AFJP).

Sin embargo, especialistas en derecho laboral y economía refutan la idea de que menos regulaciones signifiquen más empleo formal. La experiencia histórica en Argentina y ejemplos internacionales como Paraguay y Perú muestran que la flexibilización extrema puede aumentar la informalidad y el desempleo. Por el contrario, países con regulaciones laborales sólidas, como Islandia, Alemania o Japón, exhiben altos niveles de empleo registrado y estabilidad laboral.

Una de las medidas más controvertidas es la creación de fideicomisos y fondos comunes de inversión para que los trabajadores puedan financiar, total o parcialmente, su propio despido. Aunque el decreto reglamentario aclara que los aportes de los empleados no pueden utilizarse para indemnizaciones por despidos sin causa, la realidad práctica y legal resulta confusa y abre la puerta a negociaciones sectoriales o individuales que podrían reducir las garantías históricas de los trabajadores.

La abogada laboralista Natalia Salvo, docente de la UBA, advirtió que estas reformas son inconstitucionales, ya que desnaturalizan derechos protegidos por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que ampara a los trabajadores contra el despido arbitrario. “Es como si un inquilino financiara al propietario para que pueda romper el contrato de alquiler”, ejemplifica Salvo, subrayando el riesgo de trasladar costos ilegítimos al propio trabajador.

La indemnización por antigüedad, establecida en la Ley de Contrato de Trabajo, garantiza que en caso de despido sin justa causa el empleador pague al trabajador un mes de salario por cada año trabajado. La apertura a nuevos mecanismos financieros para cubrir estos pagos representa un giro profundo en la relación laboral que genera rechazo en sectores sindicales y jurídicos.

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En suma, mientras el Gobierno insiste en que estas medidas favorecerán el empleo, la evidencia y las voces expertas advierten que podrían profundizar la precarización laboral y erosionar derechos conquistados tras décadas de luchas.

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