INTERÉS GENERAL

Nuevo acuerdo paritario para Comercio: aumento del 6% en seis tramos y sumas fijas hasta diciembre

La Federación de Empleados de Comercio y entidades empresarias del sector acordaron un incremento salarial del 6% no acumulativo, a pagarse en cuotas mensuales desde julio hasta diciembre. Además, se otorgarán sumas fijas de $40.000 por mes, con impacto en el básico desde enero de 2026. Los incrementos acordados no son vinculantes para los acuerdos salariales que puedan celebrarse específicamente en el ámbito de la ciudad de Río Grande,

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las principales cámaras empresarias del sector —la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA)— firmaron un nuevo acuerdo paritario en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N.º 130/75.

Felices Fiestas

El acuerdo establece un incremento del 6% en carácter remunerativo y no acumulativo, que se aplicará sobre los sueldos básicos correspondientes al mes de junio de 2025, tomando también en cuenta los porcentajes no remunerativos vigentes.

Desglose del aumento:

El incremento del 6% se abonará en seis tramos mensuales del 1% cada uno, de acuerdo con el siguiente cronograma:

  • 1% en julio de 2025
  • 1% en agosto de 2025
  • 1% en septiembre de 2025
  • 1% en octubre de 2025
  • 1% en noviembre de 2025
  • 1% en diciembre de 2025

Suma fija no remunerativa:

Además del aumento escalonado, se acordó el pago de una suma fija mensual no remunerativa de $40.000, que será abonada en cada mes del segundo semestre de 2025:

  • $40.000 en julio
  • $40.000 en agosto
  • $40.000 en septiembre
  • $40.000 en octubre
  • $40.000 en noviembre
  • $40.000 en diciembre

Estas sumas se extinguen con el pago mensual, excepto la correspondiente a diciembre de 2025, que se incorporará al salario básico en su valor nominal a partir de enero de 2026.

Vigencia y revisión:

El acuerdo tendrá vigencia desde el 1° de julio de 2025 hasta el 30 de abril de 2026. Sin embargo, las partes pactaron volver a reunirse en noviembre de 2025 para revisar el acuerdo en función de las posibles variaciones económicas que puedan surgir.

RIO GRANDE

Aclaración sobre Río Grande:

Se aclaró que los incrementos acordados no son vinculantes para los acuerdos salariales que puedan celebrarse específicamente en el ámbito de la ciudad de Río Grande, en la provincia de Tierra del Fuego. No obstante, las sumas pactadas constituyen el mínimo convencional vigente a partir de su homologación.

Homologación oficial:

El acuerdo fue homologado por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, lo que le otorga plena vigencia legal y aplicación obligatoria en todo el ámbito del convenio, salvo las excepciones especificadas.

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