El TOF 2 ordena decomisar bienes de Cristina Kirchner y otros condenados en la causa Vialidad
El tribunal dispuso la ejecución del decomiso sobre 122 inmuebles y activos por más de 684 mil millones de pesos, tras ratificarse la sentencia de 2022.
El Tribunal Oral Federal 2 (integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso) resolvió decomisar bienes de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y otros condenados en la causa Vialidad, conforme al fallo de 2022 que ya fue ratificado en junio pasado. La decisión alcanza a 122 propiedades, identificadas como instrumentos o producto del delito, o como activos incorporados durante la maniobra fraudulenta que tuvo lugar entre mayo de 2003 y diciembre de 2015.
Inicialmente, el monto fijado para el decomiso había sido de 84.835 millones de pesos, pero luego fue actualizado por peritos contadores hasta 684.990 millones. Este cálculo fue basado en criterios técnicos respaldados por la Corte Suprema de Justicia. Al no haberse cumplido con el pago voluntario por parte de los condenados, el tribunal ordenó la venta de los activos para ejecutar la condena.
Entre los bienes afectados se encuentran propiedades vinculadas a Lázaro Báez y a empresas de su grupo, como Austral Construcciones, Kank y Costilla, y Loscalzo y Del Curto. También forman parte del decomiso terrenos, hoteles y departamentos situados en Santa Cruz, Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el listado figura un inmueble de la expresidenta Kirchner, así como bienes cedidos a sus hijos Máximo y Florencia Kirchner.
El tribunal consideró probada la existencia de un circuito de corrupción, basado en la adjudicación irregular de obras públicas en Santa Cruz, con sobreprecios, cartelización y falta de control, que benefició a Báez y, según la Justicia, permitió un enriquecimiento ilícito compartido con la familia Kirchner.
Los jueces rechazaron los planteos de las defensas, que argumentaban falta de nexo causal entre los bienes y los delitos, sobreseimientos previos por enriquecimiento ilícito y la afectación de derechos de terceros. En su fallo, subrayaron que el decomiso no exige una trazabilidad contable “exacta”, sino una conexión razonable con los fondos derivados del ilícito.
Como parte de su fundamentación, el tribunal invocó tratados internacionales, en particular la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que establecen la recuperación de activos como principio clave. Además, advirtió que un enfoque restrictivo del decomiso podría favorecer la impunidad económica en casos de corrupción estructural.
Luego de tasar los bienes, se notificará lo resuelto a la Corte Suprema para que evalúe su destinación “al servicio de justicia”. Al mismo tiempo, los activos serán inscritos en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados. El tribunal también instó a que los fondos recuperados se puedan destinar “a la reparación del daño social”, especialmente en Santa Cruz, donde muchas de las obras viales quedaron inconclusas y perjudicaron a la comunidad.
Por su parte, el fiscal de la causa, Diego Luciani, había anticipado su intención de avanzar con la ejecución del decomiso. Ya había señalado que había “un decomiso firme” por una cifra equivalente a unos 500 millones de dólares, y que los condenados no habían cumplido con los plazos de pago. En su momento, él y su colega Sergio Mola reclamaron al TOF 2 que no demorara la ejecución dado que había vencido el plazo para abonar la suma solidaria exigida.
