CIUDAD

Protocolo Sanitario de Emergencia para Taxis y Remises

Se aprobó en la última sesión ordinaria del concejo de la ciudad. La norma dispone que Taxis y Remises deberán adoptar las medidas de seguridad y prevención ante el Coronavirus.

12 de Septiembre 2020: En la última sesión ordinaria,el cuerpo de concejales aprobaron un proyecto del concejal Campos, (Bloque -Forja), por el cual se establece el “Protocolo Sanitario de Emergencia para el ejercicio del servicio de transporte de pasajeros (Taxis y Remises)”, el que deberán cumplimentar por todos los conductores de de este trasporte publico privado habilitados de la ciudad.

Felices Fiestas

En este sentido se dispone que todos los prestadores habilitados para brindar el servicio de transporte de pasajeros mediante explotación privada de taxis y remises, deberán adoptar “las medidas de seguridad y prevención ante el Coronavirus”, por lo cual deberán iniciar el turno de trabajo en “perfectas condiciones de higiene y desinfección del vehículo y conductor, la desinfección mediante rociado de manijas de interior y exterior de puertas, vidrios, alfombras, asientos traseros y dispositivos sanitarios de aislamiento preventivo (con alcohol 70 vol. Diluido en agua) luego de cada viaje“.

Asimismo tendrán que “limpiar el volante con desinfectantes frecuentemente, al terminar el turno de trabajo, desinfectar e higienizar por completo el vehículo, la utilización de barbijo o tapaboca y guantes de látex, vinilo o calidad superior por parte del conductor”.

Otro punto de la norma dispone que “se deberá evitar usar la opción de recirculación de aire de la ventilación del auto, durante el transporte de pasajeros; use las rejillas de ventilación del auto para permitir el ingreso de aire fresco y/o baje las ventanillas del vehículo.

También corresponderá contar con la instalación de un dispositivo sanitario de aislamiento preventivo que asegure total división entre los asientos delanteros de los traseros y de piso a techo, únicamente con una abertura/ventanilla con cierre dispuesto, o abrojo, o similar para realizar el pago del viaje, siendo que el mismo deberá constar de un film cristal de PVC o polietileno transparente de 200 micrones, en su defecto un dispositivo sanitario de aislamiento preventivo superior.

Se establece “el traslado limitado hasta 2 pasajeros por viaje con las medidas de prevención vigentes (uso de barbijo o tapaboca), donde los pasajeros deberán ocupar solamente el asiento trasero de la unidad automotriz“, debiendo “los pasajeros ascender y descender de las unidades por la puerta trasera“, quedando absolutamente prohibido y sin excepción permitir que “los pasajeros usen el asiento delantero, y se requerirá a los pasajeros que manipulen sus propios bolsos y pertenencias personales al subir y bajar del vehículo“, entre otros ítems.

RIO GRANDE

Ante esta norma sancionada los propietarios del trasporte público privado demostraron su disconformidad con algunos artículos de la norma sancionada, al considerar que generan un gastos extra difícil de sostener, y pedirán al municipio la derogacion de la misma.

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