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Un nuevo frente por Malvinas: La Justicia Federal de Río Grande avanza contra las petroleras

La jueza Mariel Borruto declaró la competencia del tribunal y la jurisdicción internacional argentina para intervenir en la demanda colectiva promovida por el CECIM La Plata y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas contra las petroleras que operan en la Cuenca Malvinas Norte. Además, dio intervención a la Provincia de Tierra del Fuego para que defienda sus intereses patrimoniales y ambientales.

La Justicia Federal de Río Grande abrió formalmente una nueva instancia en la disputa judicial por la actividad hidrocarburífera en la Cuenca Malvinas Norte. En una resolución firmada este miércoles a las 11:54, dentro del expediente FCR 13706/2026, la jueza federal Mariel Borruto declaró competente al tribunal y reconoció la jurisdicción internacional de la Argentina para entender en la demanda preventiva presentada contra Rockhopper Exploration plc y Navitas Petroleum Development and Production Limited (NPDP).

La decisión fue adoptada en línea con el Dictamen N.º 267/2026 del Ministerio Público Fiscal y convalida procesalmente la acción iniciada el 1 de septiembre por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).

El planteo judicial cuestiona las operaciones vinculadas con el proyecto petrolero desarrollado en aguas cuya soberanía reclama la Argentina. Para Borruto, la cuestión trasciende una controversia exclusivamente ambiental y compromete intereses federales vinculados con la jurisdicción marítima, los recursos naturales y la soberanía nacional.

Ambiente, plataforma continental y soberanía

La magistrada fundamentó la competencia federal sobre distintos aspectos. Entre ellos, consideró la dimensión interjurisdiccional del posible daño ambiental, al señalar que las actividades se desarrollan en un ámbito marítimo relacionado con las ecorregiones del Mar Argentino y las Islas del Atlántico Sur, alcanzadas por los presupuestos mínimos establecidos en la Ley General del Ambiente.

También destacó que la infraestructura cuestionada —pozos submarinos, una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga, ductos y risers— se encuentra vinculada con el lecho y subsuelo de la plataforma continental sobre la que la Argentina ejerce jurisdicción.

Jueza federal de Río Grande Mariel Borruto

A esto sumó un elemento central: la soberanía nacional. El fallo sostiene que el litigio no puede ser reducido a una discusión técnica sobre explotación hidrocarburífera o protección ambiental, porque involucra un interés federal de carácter indivisible.

RIO GRANDE

La jueza, además, reconoció el carácter colectivo de la acción y ordenó consultar al Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema para determinar si existe otra causa de características similares.

Las cautelares quedaron para una segunda instancia

La resolución no definió todavía las medidas cautelares solicitadas por los demandantes, que incluyen la paralización de obras y perforaciones y el bloqueo preventivo de determinadas operaciones financieras vinculadas con los proyectos.

Antes de resolver sobre esas medidas, Borruto otorgó a los actores un plazo de cinco días para cumplir con una serie de requisitos procesales: presentar una declaración jurada que descarte la existencia de otra acción análoga, acompañar traducciones públicas de documentación presentada en idioma extranjero y aportar soporte digital de los documentos identificados mediante enlaces web.

Una vez cumplidos esos requisitos, el juzgado estará en condiciones de analizar la procedencia de la tutela preventiva solicitada.

La Provincia deberá definir su posición

Uno de los puntos de mayor relevancia institucional de la resolución es la intervención otorgada a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

A pedido del fiscal federal, Borruto corrió vista a la Fiscalía de Estado por un plazo de diez días, para que tome intervención en defensa de los intereses patrimoniales y ambientales provinciales.

La decisión se sustenta, entre otros argumentos, en las normas que reconocen el dominio originario de las provincias sobre los recursos naturales existentes en sus jurisdicciones, además del régimen territorial establecido para Tierra del Fuego.

De esta manera, la resolución coloca al Ejecutivo fueguino ante una definición concreta: la Provincia deberá establecer si participa activamente del expediente para defender los intereses que considera propios frente a la actividad hidrocarburífera en la zona, o si mantiene una posición de distancia respecto del litigio impulsado por los excombatientes y las organizaciones ambientalistas.

El expediente queda así abierto a una nueva etapa. Mientras la Justicia Federal de Río Grande avanza sobre la cuestión de fondo y analiza las medidas preventivas solicitadas, la mirada se concentra ahora también en la decisión que adopte Tierra del Fuego frente a una causa que combina ambiente, recursos naturales, actividad petrolera y soberanía sobre las Islas Malvinas.

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