PAÍS

Alberto Fernández promulgó la ley de reforma del impuesto a las Ganancias

Durante un acto en el Museo del Bicentenario, el presidente firmó el decreto que oficializa la norma para que trabajadores y jubilados que ganen menos de 150 mil pesos no paguen el tributo. Lo calificó como “un gran paso” en “favor de la justicia social”.

Presidente Alberto Fernández,  promulgó la Ley 27.617, de reforma del impuesto a las Ganancias

El presidente Alberto Fernández promulgó este martes la Ley 27.617, de reforma del impuesto a las Ganancias, mediante la cual los trabajadores con salarios brutos de hasta 150.000 pesos y los jubilados con haberes de hasta 167.000 pesos dejarán de pagar el tributo.

Durante un acto en el Museo del Bicentenario, en el que también se anunció el lanzamiento de créditos para la refacción y construcción de viviendas, el mandatario firmó el decreto 249/21 que oficializa la norma, sancionada el pasado 8 de abril en el Senado por 66 votos positivos y una abstención -del macrista Esteban Bullrich-.

“Hoy es un día importante para el Gobierno y para todos nosotros, porque estamos poniendo orden en algo de lo que no hablamos tanto en la campaña, pero que sabíamos que teníamos que ordenar, y era el impuesto a las Ganancias”, arrancó Fernández.

En ese sentido, dijo que este tributo “afectaba a un montón de gente, que simplemente vivía de un salario y que, en verdad, no tenía la característica de tener fortunas o tener riquezas como para tener que estar pagando Ganancias”.

“Silenciosamente trabajamos para que ese impuesto tengo una naturaleza progresiva, una condición progresiva distinta. Allí en la Cámara de Diputados se inició. Fue Sergio (Massa) el que lo impulsó y lo acompañó todo nuestro bloque de diputados. Y después fue al Senado y nuestros senadores acompañaron allí todo ese proyecto”, destacó ante la mirada del titular de la Cámara baja y legisladores que asistieron al acto.

Fernández aseguró que “estamos resolviendo el poder adquisitivo de más de un millón de trabajadores, y también de jubilados. Porque había también jubilados afectados por este impuesto a las Ganancias”.

RIO GRANDE

La verdad que los resultados son interesantes, porque dejan de pagar el impuesto 1.267.000 trabajadores y jubilados, y jubiladas y trabajadoras, lo que representa un beneficio a más del 90% de las personas asalariadas”, resaltó, y calificó a la medida como “un gran paso”.

Los beneficios de la nueva ley

La nueva ley establece que los trabajadores que ganen por debajo de 150.000 pesos brutos dejarán de pagar Ganancias, y aquellos salarios de entre 150.000 y 173.000 pesos tendrán deducciones especiales que serán determinadas por el Poder Ejecutivo.

En el caso de los jubilados, el “piso” pasará de seis a ocho haberes mínimos –un monto estimado en 167.000 pesos-, y aquellos que además perciban otros ingresos, tales como una renta de alquiler o intereses de un plazo fijo, también podrán acceder al beneficio.

La norma, que se estima tendrá un costo fiscal superior a los 47.600 millones de pesos, establece la retroactividad al 1ro. de enero, y en la reglamentación la AFIP determinará el modo en que se devolverá a los trabajadores el dinero correspondiente.

Además de elevar el umbral de Ganancias, se exime del pago del impuesto al aguinaldo y, por otra parte, se mantiene el diferencial del 22% que perciben los trabajadores de la Patagonia en concepto de zona desfavorable.

Una nueva incorporación será la deducción por concubino -actualmente se permitía solo el cónyuge-, para los integrantes de “la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”.

También, se eximirá del impuesto al reintegro por gastos de guardería para los hijos de hasta tres años, con un tope de hasta el equivalente al 40% de la ganancia no imponible -67.000 pesos al año, es decir 5.590 pesos mensuales-.

Asimismo, se podrá deducir “la provisión de herramientas educativas para los hijos e hijas del trabajador y trabajadora” y “el otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización”.

De acuerdo a la ley, se aumentará la deducción por hijo con discapacidad -sin límite de edad-; y se prorrogará hasta el 30 de septiembre de este año la exención de las horas extras y guardias -activas o pasivas- del personal de salud y recolectores de residuos debido a la pandemia.

Otro de los puntos es la posibilidad de deducción del “bono por productividad, falla de caja o concepto de similar naturaleza hasta un monto equivalente al 40% de la ganancia no imponible” con “efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración bruta no supere la suma equivalente a 300.000 pesos mensuales inclusive”.

Para el personal militar se suma la exención de los suplementos vinculados a la “actividad arriesgada, título terciario, y zona y ambiente insalubre o penoso”.

La norma establece que las asignaciones a expresidentes, presidentes y vicepresidentes estén alcanzadas por el impuesto a las Ganancias.

Finalmente, se faculta al Poder Ejecutivo a disponer una actualización de los topes mínimos, en función de la evolución que tengan los salarios para evitar que, a partir de los acuerdos de paritarias, haya trabajadores que, ahora beneficiados, pasen a estar incluidos en poco tiempo.

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