PROVINCIA

El Consejo de la Magistratura rechazó la denuncia contra el juez Löffler por “infundada e improcedente”

Tras un extenso análisis, el organismo concluyó que no existen elementos que configuren mal desempeño y descartó todos los argumentos planteados contra el magistrado del Superior Tribunal.

Ushuaia: En la reunión desarrollada este martes 5 de mayo, el Consejo de la Magistratura de Tierra del Fuego resolvió rechazar la denuncia presentada contra el juez del Superior Tribunal de Justicia, Ernesto Adrián Löffler, al considerar que los hechos expuestos carecen de sustento jurídico y no configuran causal de mal desempeño.

La decisión quedó plasmada en el Acta N° 645, donde el organismo desarrolló un análisis exhaustivo en el marco del artículo 10 de la Ley Provincial 525. Allí concluyó que los elementos aportados por el denunciante, el abogado Antonio César Petkos, “no satisfacen las exigencias” de la normativa vigente, ya que no permiten identificar conductas funcionales concretas, verificables ni jurídicamente relevantes atribuibles al magistrado.

En ese sentido, el Consejo fue categórico: ninguno de los hechos invocados —ni analizados de manera individual ni en conjunto— presenta entidad suficiente siquiera en forma preliminar para habilitar un proceso de enjuiciamiento.

Concejo de la magistratura

Uno de los ejes centrales del planteo, basado en declaraciones públicas de la concejal de Río Grande, Guadalupe Zamora, fue desestimado al considerarse que se trata de expresiones políticas de terceros que no refieren a actos propios del juez ni constituyen elementos válidos para evaluar su desempeño.

También fue descartado el cuestionamiento vinculado a la relación académica entre Löffler y el jurista Alfonso Santiago. El Consejo entendió que se trata de un vínculo habitual en el ámbito universitario, sin incidencia funcional en los procesos judiciales analizados ni capacidad para afectar la imparcialidad del magistrado.

En cuanto a su actuación en una causa penal mencionada en la denuncia, el organismo remarcó que el Superior Tribunal de Justicia es un cuerpo colegiado, lo que impide atribuir responsabilidad individual por el desarrollo o los tiempos del proceso. Además, se subrayó que la causa fue resuelta sin perjuicios ni irregularidades, sin que se acrediten demoras indebidas ni violaciones al plazo razonable.

RIO GRANDE

Respecto a la excusación posterior del juez en otra causa vinculada al gobernador, el Consejo consideró que no existe contradicción alguna en su conducta, sino una adecuación a criterios institucionales previamente definidos por el propio tribunal.

Finalmente, el organismo rechazó el intento de presentar todos estos elementos como parte de un supuesto patrón de conducta. Según el análisis, se trata de situaciones heterogéneas —expresiones políticas, vínculos académicos y decisiones judiciales— sin conexión funcional entre sí, lo que impide integrarlas como una conducta irregular.

En su conclusión, el Consejo sostuvo que la denuncia “no tiene entidad para promover el enjuiciamiento” del magistrado y propuso formalmente su rechazo por resultar infundada y jurídicamente improcedente, criterio que fue acompañado en la votación.

De este modo, el Consejo de la Magistratura cerró esta instancia con una definición contundente, reafirmando criterios de rigurosidad jurídica y resguardo de la independencia judicial en la provincia.

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