CIUDAD

Explican el procedimiento judicial de protección a víctimas de violencia familiar

La Defensora Pública del Distrito Judicial Norte, Dra. Julia Allocati contó la experiencia del Ministerio Público de la Defensa en esta materia, en un espacio virtual de reflexión y sensibilización.

01 de Diciembre 2020: Con motivo del “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer”, La funcionaria judicial transmitió la experiencia de la defensoría toda vez que se presentan casos de violencia doméstica. Remarcó que si bien “hay muchas denuncias, la mitad quedan en medidas cautelares; otros hacen la demanda por violencia pero son muy pocas las que terminan en sentencias de expedientes por violencia doméstica”.

En este sentido la Dra. Julia Allocati evaluó que si la víctima llega a esa instancia para denunciar a la persona agresora “hay que seguir las causas, preocuparse y saber cómo está su expediente”, ya que en un proceso de este tipo una sentencia es “darle un cierre a toda la historia”.

Desde enero de 2015, en Tierra del Fuego está promulgada la Ley 1022 que tiene como finalidad prever las medidas de protección judicial para la víctima de violencia familiar y las sanciones para quien las ejerza.

Como violencia familiar se comprende a toda acción, omisión o abuso dirigido a dominar, someter, controlar o agredir la integridad física, psíquica, moral, psicoemocional, sexual o la libertad de una persona en el ámbito de las relaciones familiares, aunque ésta no configure delito.

Así, toda persona que fuera víctima de violencia por parte de algún integrante del grupo familiar puede denunciar los hechos en forma oral o escrita ante cualquier autoridad judicial o policial.

Por integrantes del grupo familiar se entiende el originado en el matrimonio, en uniones de hecho o de relaciones de noviazgo o pareja, sean convivientes o no, persista o haya culminado el vínculo, y comprende a ascendientes, descendientes, colaterales o por afinidad.

RIO GRANDE

La Defensora Allocati aclaró que la violencia puede ser ejercida “de una mujer a un hombre, de un hombre a una mujer, de un hombre a hombre o de mujer a mujer, mientras exista relación familiar o haya habido”.

Los conceptos fueron vertidos junto a la Dra. Inés Aparici y la periodista y estudiante de abogacía Victoria Prymak, y estuvo destinada a la comunidad educativa del CENS N° 18 de Río Grande.

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