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La justicia italiana avaló la reforma que limita el acceso a la ciudadanía por linaje

El Tribunal Constitucional avaló una reforma impulsada por el gobierno de Giorgia Meloni que limita el acceso a la ciudadanía italiana por descendencia. A partir de ahora, solo podrán solicitarla quienes tengan padres o abuelos con ciudadanía italiana.

Un fallo del Tribunal Constitucional de Italia respaldó una reforma impulsada por el gobierno de Giorgia Meloni que modifica el acceso a la ciudadanía italiana por descendencia. La decisión representa un fuerte cambio en un sistema basado durante más de 160 años en el principio de Ius sanguinis, que permitía obtener la nacionalidad italiana a partir del derecho de sangre.

La resolución se dio en la primera de las cuatro audiencias previstas tras la promulgación de la norma mediante un decreto de necesidad y urgencia impulsado por el Ejecutivo italiano. Con este pronunciamiento, el máximo tribunal se posicionó a favor del Gobierno y rechazó los cuestionamientos presentados contra la reforma.

Hasta ahora, la legislación permitía que descendientes de italianos incluso de tercera o cuarta generación iniciaran el trámite de reconocimiento de ciudadanía, siempre que pudieran demostrar la existencia de un antepasado italiano vivo después del 17 de marzo de 1861, fecha asociada a la unificación del país.

Sin embargo, con la nueva normativa el acceso se restringe significativamente. A partir de ahora, solo podrán iniciar el trámite quienes sean descendientes de primera o segunda generación, es decir, quienes tengan un padre, madre, abuelo o abuela con ciudadanía italiana.

La reforma impacta especialmente en países con una fuerte inmigración italiana, como Argentina, donde miles de personas obtuvieron la ciudadanía en los últimos años amparados en el principio de derecho de sangre.

En un comunicado oficial, el Tribunal Constitucional señaló que las cuestiones planteadas por el tribunal de Turín fueron declaradas “parcialmente infundadas e inadmisibles”, lo que en la práctica avala la aplicación de la nueva normativa.

RIO GRANDE

Uno de los abogados que participó en la causa expresó en diálogo con CNN que esperaba un pronunciamiento diferente. Según explicó, el tribunal realizó “una intervención extremadamente clara y severa”, lo que hacía pensar que podría considerar que la reforma vulneraba algunos principios constitucionales, algo que finalmente no ocurrió.

Qué cambia con el nuevo decreto

El texto original impulsado por el gobierno italiano establecía un límite generacional claro para la transmisión de la ciudadanía: solo podrían solicitarla quienes tuvieran un padre o abuelo nacido en Italia.

No obstante, durante el debate legislativo la Comisión de Constitución del Senado introdujo una modificación que eliminó la exigencia del lugar de nacimiento del antepasado, pero agregó un requisito adicional. A partir de ahora, la ciudadanía solo podrá ser reconocida a quienes tengan un antepasado de primer o segundo grado que posea —o haya poseído al momento de su fallecimiento— exclusivamente ciudadanía italiana.

De esta manera, la reforma introduce el principio de que la ciudadanía italiana no se transmite automáticamente a quienes nacieron en el extranjero y poseen otra nacionalidad. Además, establece limitaciones para el reconocimiento incluso en casos de personas nacidas fuera de Italia antes de la entrada en vigor de la nueva medida.

Según el gobierno italiano, la decisión busca ordenar el sistema administrativo y responder a razones de seguridad, estableciendo condiciones más estrictas para quienes aspiraban a obtener la ciudadanía basándose en vínculos familiares más lejanos.

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