Ya se puede adherir online al régimen especial de regularización tributaria de la Ley 1603
La Agencia de Recaudación de la Provincia habilitó el trámite de manera 100% digital, con importantes quitas de intereses y sin necesidad de concurrir a las oficinas. El plazo para solicitar la adhesión se extiende hasta febrero de 2026.
El Director Ejecutivo de la Agencia de Recaudación de la Provincia (AREF), Oscar Bahamonde, anunció que ya se encuentra operativo en el sitio web del organismo el trámite para adherir al régimen especial de regularización establecido por la Ley 1603, el cual permite acceder a quitas de hasta el 100% en intereses, sin necesidad de realizar gestiones presenciales.
Según informó AREF, la solicitud de adhesión se realiza exclusivamente a través del portal web del organismo. “No es necesario venir personalmente a las oficinas. Se ingresa a www.aref.gob.ar, en el sector de Servicios, dentro de la ‘Ventanilla de Trámites’, donde estará disponible la opción correspondiente al Régimen Especial de la Ley 1603”, explicó Bahamonde.
El funcionario detalló que el proceso es ágil y completamente digital. Una vez completados algunos datos mínimos y consignado un correo electrónico, toda la comunicación posterior entre la Agencia y el contribuyente se realizará por esa vía. No obstante, aclaró que quienes tengan dudas podrán acercarse a cualquiera de los distritos de AREF para recibir asesoramiento personalizado.
El período para ingresar la solicitud web estará vigente hasta el 23 de febrero de 2026. A partir de la presentación, los contribuyentes contarán con un plazo de 60 días para regularizar su situación fiscal.
Descuentos según el tipo de contribuyente
La moratoria contempla importantes beneficios sobre los intereses acumulados, con escalas diferenciadas según la base imponible:
Contribuyentes con base imponible de hasta $2.000 millones:
- Pago al contado: 100% de quita de intereses
- Hasta 12 cuotas: 80%
- Hasta 24 cuotas: 60%
- Hasta 48 cuotas: 40%
- Hasta 60 cuotas: 20%
Grandes contribuyentes (base imponible superior a $2.000 millones):
- Pago al contado: 60% de quita
- Hasta 12 cuotas: 40%
- Hasta 24 cuotas: 30%
- Hasta 36 cuotas (máximo): 20%
Finalmente, Bahamonde instó a los contribuyentes a aprovechar la oportunidad: “Aprovechen esta ventana en los 60 días que hay para ingresar la solicitud. Los descuentos son muy importantes y permiten acomodar las obligaciones. No es necesario realizar un pago en este momento; el primer vencimiento será recién el mes próximo”.
