PROVINCIA

Tolhuin busca capitalizar los fondos de inversión de la Ley Provincial 1.300

El Intendente Daniel Harrington junto a su equipo económico tomaron la decisión por primera vez, de resguarda aportes del municipio mediante plazo fijo en el BTF.

Rio Grande: Tras un pedido de cotización, el Municipio de Tolhuin por primera vez en su historia decidió realizar una inversión financiera con un plazo fijo en el Banco Tierra del Fuego.

La decisión tomada por del intendente Daniel Harrington y su equipo económico, la coparticipación que recibe por parte del Gobierno provincial correspondiente a la Inversión de Fondos de la Ley Provincial 1.300, se resguardan en plazo fijo.

De acuerdo a esta normativa estos fondos se destinan específicamente a Obras de Infraestructura, Maquinarias y Obra Pública en general,
en la actualidad, la Obra Pública se encuentra paralizada por la pandemia del COVID-19 y además se aproxima la veda invernal en los próximos días.

Por ese motivo el Intendente Daniel Harrington junto a su equipo económico tomaron la decisión de realizar por primera vez, en la administración del Municipio y es el de resguardar esos importantes aportes en un plazo fijo que además genere un interés que le permita que no pierda el valor adquisitivo ante la inflación mensual, hasta que se le destine el uso correcto para el que fue gestionado.

Para implementarlo, el Municipio de Tolhuin solicitó tanto a la banca privada como a la pública, una cotización y finalmente se invirtió en un plazo fijo con opción a ‘cancelación anticipada’ en el Banco de Tierra del Fuego, es decir que en el caso de que el Municipio necesite utilizar ese dinero antes del plazo prefijado, podrá hacerlo.

Qué dice la Ley Provincial 1.300

RIO GRANDE

La Ley Provincial 1.300 fue sancionada el 29 de noviembre del año pasado y se promulgó a través del Decreto Provincial N° 4321 el 9 de diciembre de 2019.En su único artículo –impulsado por el legislador justicialista Ricardo Furlan, se incorporó como inciso e) del artículo 4to. de la Ley provincial 892 el siguiente texto:
e) El Departamento Ejecutivo del Municipio de Tolhuin percibirá el cero coma cincuenta por ciento (0,50 %) de la masa coparticipable integrada por Recursos Tributarios, Regalías Hidrocarburíferas y Coparticipación Federal que perciba el Gobierno de la Provincia.
El monto resultante de la aplicación del párrafo anterior deberá integrar únicamente el presupuesto del Departamento Ejecutivo del Municipio de Tolhuin y será afectado exclusivamente a la ejecución de su propio presupuesto, no debiendo ser distribuido al Departamento Deliberativo del Municipio de Tolhuin y deberá ser afectado específicamente de obras de infraestructura, maquinarias y obra pública en general.

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