PROVINCIA

Negligencia Administrativa: El Superior Tribunal de Justicia cuestionó la demora del Estado en otorgar una pensión por discapacidad

Aunque el trámite se resolvió durante el proceso judicial, el máximo tribunal provincial señaló que la falta de respuesta administrativa obligó a la solicitante a recurrir a la Justicia y dispuso que la Provincia asuma las costas del juicio.

El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego se pronunció en un caso que expone las consecuencias de las demoras administrativas en el reconocimiento de derechos sociales, luego de que una vecina de la provincia debiera recurrir a la Justicia para obtener una respuesta a su solicitud de pensión por discapacidad.

La mujer había iniciado el trámite ante la administración provincial, pero tras más de un año de espera sin una resolución concreta decidió presentar una acción de amparo para que el Estado se expidiera sobre su pedido. La falta de respuesta, sostuvo en su presentación, vulneraba su derecho a recibir una decisión en un plazo razonable.

Durante el desarrollo del proceso judicial, finalmente el organismo correspondiente emitió una resolución sobre la solicitud. Frente a esa situación, el Tribunal consideró que el conflicto había quedado sin objeto actual, ya que el reclamo principal —la respuesta administrativa— se había producido.

No obstante, los magistrados dejaron asentado que la demora en resolver el trámite resultó injustificada, y remarcaron que fue precisamente esa falta de respuesta la que obligó a la solicitante a acudir a la vía judicial para obtener una definición sobre su situación.

En el fallo también se puso especial énfasis en la condición de vulnerabilidad de la mujer. El Tribunal recordó que las personas con discapacidad requieren respuestas más ágiles, eficaces y sensibles por parte del Estado, especialmente cuando se trata de prestaciones vinculadas con su protección social.

En ese contexto, los jueces resolvieron que la Provincia asuma las costas del proceso, al considerar que la intervención de la Justicia se produjo como consecuencia directa de la actuación tardía de la administración pública.

RIO GRANDE

Además, se dispuso la regulación de los honorarios del abogado que representó a la amparista. El Tribunal entendió que su intervención profesional fue determinante para que la solicitante obtuviera finalmente una respuesta a su pedido, aun cuando la resolución administrativa se dictó fuera del expediente judicial.

El pronunciamiento subraya así la importancia de que los organismos públicos atiendan los reclamos ciudadanos dentro de plazos razonables, y advierte que las demoras del Estado pueden generar consecuencias jurídicas, particularmente cuando afectan derechos de personas en situación de vulnerabilidad.

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